Se establece en la Universidad Autónoma de Baja California el Tribunal creado por los artículos 39 de la Ley Orgánica y 27 fracción VII del Estatuto General de esta institución, dotado de plena autonomía para resolver jurisdiccionalmente los litigios sometidos a su potestad, y para conciliar en su caso los intereses en conflicto, sin más sujeción que el respeto pleno al derecho universitario.

Los alumnos tendrán derecho de recurrir al Tribunal de Apelación cuando por anomalías de índole administrativa resulten directamente lesionados sus intereses.

El Tribunal Universitario tiene como objeto ser la instancia a la que puedan acudir los alumnos de la Universidad para dirimir los conflictos que pudieran surgir entre ellos y las autoridades universitarias.

 

Constituirse como un tribunal universitario, con la plena autoridad para conciliar intereses y resolver con fuerza vinculatoria, y así contribuir a mejorar las relaciones entre todos los miembros de la comunidad, resolviendo los conflictos con base no sólo a las normas y reglamentos vigentes, sino también, y principalmente, con base en su interpretación a la luz de los principios y valores que derivan del artículo 3º de la Constitución nacional, los principios generales del derecho, la equidad y sobre todo en el espíritu que debe animar a todas las instituciones de estudios superiores.